Los Servicios de Registro de cada sede deben remitir a la O.R.I. y a la Unidad Académica a la que se trasladará la persona estudiante, la siguiente documentación: un oficio emitido por la Dirección de la Sede, la fórmula IC4-2 firmada por la persona estudiante, oficio con el estudio de conclusión de tramo firmado por la coordinación de la carrera, y el documento de identificación vigente de la persona estudiante.
Para realizar el concurso a otra carrera o recinto, la población estudiantil requiere el promedio ponderado correspondiente, por ello cada Unidad Académica debe tramitar las modificaciones de las calificaciones finales previo a la fecha del concurso.
Matrícula en la dirección electrónica https://ematricula.ucr.ac.cr, según la hora de la cita de matrícula.
Consultar cita de matrícula en la dirección electrónica https://ematricula.ucr.ac.cr, a partir de las 12:00 m. d.
Prematricula en la dirección electrónica https://ematricula.ucr.ac.cr.
Dirigido a estudiantes que solicitaron el traslado temporal durante el primer ciclo lectivo, pero en el II ciclo desean reincorporarse a la sede donde fueron admitidos. Para ello, descargue y complete la fórmula TR-2.
Si desea realizar alguna modificación a su solicitud de traslado o ingreso a carrera, deberá hacerlo a través de la página web: https://ori.ucr.ac.cr/.